{"id":29199,"date":"2021-02-09T11:04:38","date_gmt":"2021-02-09T10:04:38","guid":{"rendered":"https:\/\/nova.arturamon.com\/la-llei-de-patrimoni-una-reflexio\/"},"modified":"2024-12-09T11:02:06","modified_gmt":"2024-12-09T10:02:06","slug":"la-llei-de-patrimoni-una-reflexio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/arturamon.com\/es\/la-llei-de-patrimoni-una-reflexio\/","title":{"rendered":"La Ley de Patrimonio: una reflexi\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.miradorarts.com\/ca\/la-llei-de-patrimoni-una-reflexio\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">miradorarts.com<\/a>\u00a0| por Artur Ramon<\/p>\n<h4 class=\"destacat\">Los que nos dedicamos al noble oficio de anticuario nos regimos por dos leyes de patrimonio: la espa\u00f1ola de 1985 y la catalana de 1993. Esto implica que, por el hecho de ser catalanes, pasamos un doble filtro cada vez que queremos exportar una obra fuera del pa\u00eds; cosa que no pasa a nuestros colegas espa\u00f1oles.<\/h4>\n<p>Hace treinta y cinco a\u00f1os que funcionamos con la misma ley de patrimonio, y el mundo ha cambiado de forma exponencial.<\/p>\n<p><strong>El mercado espa\u00f1ol de arte de 1985 no tiene nada que ver con el de 2020<\/strong>. En aquellos tiempos remotos el mercado era local, Espa\u00f1a, tambale\u00e1ndose despu\u00e9s del Golpe de Estado de Tejero (1981), a\u00fan no hab\u00eda entrado en la C.E.E., hab\u00eda cabinas de tel\u00e9fonos y no exist\u00eda Internet; la prehistoria.<\/p>\n<p>Esta ley, incomprensiblemente a\u00fan vigente, es proteccionista y no expresa bien el equilibrio que deber\u00eda existir entre la salvaguarda de nuestro patrimonio (tarea en la que trabajamos todos) y el flujo del mercado del arte. En esta dial\u00e9ctica radica el problema de esta ley obsoleta que decanta claramente la balanza en la protecci\u00f3n del patrimonio y dota al Estado de unos mecanismos de control y sometimiento que rebasan los poderes propios de una democracia moderna.<\/p>\n<p>\u00bfC\u00f3mo funciona? De forma resumida, el mecanismo es muy sencillo: para cualquier obra que tenga m\u00e1s de cien a\u00f1os y se quiera exportar, hay que pedir un permiso. La Junta de Calificaci\u00f3n del Gobierno de Madrid y su hom\u00f3nima catalana, en sus propias reuniones mensuales, revisar\u00e1n el expediente y determinar\u00e1n en tres posibles direcciones:\u00a0<strong>se puede exportar\u00a0<\/strong>(parad\u00f3jicamente, la licencia tiene una fecha de caducidad de un solo a\u00f1o),\u00a0<strong>queda pendiente de estudio<\/strong>\u00a0(la Administraci\u00f3n dispone de tres meses para analizar mejor la pieza y dictaminar), o\u00a0<strong>es inexportable<\/strong>, con la posibilidad de ser declarada\u00a0<strong>Bien de Inter\u00e9s Cultural<\/strong>\u00a0y, por tanto, ser incluida en el inventario patrimonial de cada Comunidad Aut\u00f3noma, lo que significa que la Administraci\u00f3n tiene el\u00a0<strong>derecho de retracto<\/strong>; es decir que, una vez cierres la operaci\u00f3n con un particular, se lo tienes que comunicar al Estado y, en id\u00e9nticas condiciones, puede adquirirla.<\/p>\n<p>El principal problema \u2013naturalmente para los propietarios de las obras, sean privados o comerciantes, no para la Administraci\u00f3n\u2013 ocurre cuando la obra se declara inexportable. Entonces, al perder el mercado internacional, la cotizaci\u00f3n de <strong>la obra se deval\u00faa dram\u00e1ticamente llegando a valores que pueden oscilar entre el -30 y el -50% de media, a veces mucho m\u00e1s.<\/strong> Es en este punto donde la ley falla, porque no protege por igual ambas partes \u2013los propietarios de las obras y la Administraci\u00f3n\u2013 y se convierte en una herramienta maniquea que sit\u00faa a la Administraci\u00f3n en una posici\u00f3n de fuerza y de ventaja.<\/p>\n<div id=\"attachment_12578\" class=\"wp-caption alignnone\">\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-12580\" src=\"https:\/\/www.miradorarts.com\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/02-Bronzino-Agnolo-Cosimo-di-Mariano-Retrato-de-un-joven-como-san-Sebastia%CC%81n-h-1533-MN-TB-Mad.jpg\" sizes=\"auto, (max-width: 600px) 100vw, 600px\" srcset=\"https:\/\/www.miradorarts.com\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/02-Bronzino-Agnolo-Cosimo-di-Mariano-Retrato-de-un-joven-como-san-Sebastia\u0301n-h-1533-MN-TB-Mad.jpg 600w, https:\/\/www.miradorarts.com\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/02-Bronzino-Agnolo-Cosimo-di-Mariano-Retrato-de-un-joven-como-san-Sebastia\u0301n-h-1533-MN-TB-Mad-246x300.jpg 246w\" alt=\"\" width=\"600\" height=\"731\" aria-describedby=\"caption-attachment-12578\" \/><\/p>\n<p id=\"caption-attachment-12578\" class=\"wp-caption-text\">Bronzino,\u00a0<em>Retrato de un joven como san Sebasti\u00e1n<\/em>, h. 1533. Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, Madrid.<\/p>\n<\/div>\n<p>Pongamos un ejemplo inventado para clarificar las cosas. Una gran casa de subastas internacional encuentra en una casa particular de Madrid un retrato de Bronzino. Pide el permiso a la Junta con un precio de mercado internacional (pongamos \u20ac 10M), \u00e9sta lo declara inexportable (s\u00f3lo hay uno en Espa\u00f1a que cuelga en el Museo del Prado) y lo cataloga como BIC (Bien de Inter\u00e9s Cultural).<\/p>\n<p>Entonces, el Estado entra en negociaci\u00f3n con el propietario y le hace una oferta de \u20ac 3M con el argumento perverso de que, al no poderse vender en el extranjero, el mercado espa\u00f1ol no puede soportar precios internacionales. Finalmente, el propietario, como no tiene m\u00e1s opciones (los tres posibles compradores espa\u00f1oles ya le han dicho que no), accede no por gusto sino por necesidad: le han quitado cualquier otra mejor opci\u00f3n. Cierra la operaci\u00f3n y cobra en dos a\u00f1os sin intereses. Es como si, en un partido de f\u00fatbol, el \u00e1rbitro tambi\u00e9n fuera jugador. \u00bfNo ser\u00eda muy tentador ir silbando penales, lo sean o no, y decirle al portero que no se ponga?<\/p>\n<p>Entiendo que esta ley fuera necesaria en Espa\u00f1a en el siglo que va de la Desamortizaci\u00f3n (1836) hasta la posguerra (1939), cuando hubo un verdadero expolio del patrimonio art\u00edstico del pa\u00eds, y hab\u00eda que protegerlo. Pero hoy no estamos en el mismo escenario. <strong>Nos quejamos de que el arte espa\u00f1ol no es conocido en el mundo. Pero, \u00bfc\u00f3mo queremos que lo sea si lo tenemos secuestrado?<\/strong> Se ha impedido exportar piezas que est\u00e1n m\u00e1s que bien representadas en Espa\u00f1a y que ser\u00eda bueno que fueran a grandes museos internacionales. \u00bfHay que retener todos los goyas que salgan? \u00bfNo nos basta con los muchos que ya se conservan en el pa\u00eds? \u00bfNo ser\u00eda m\u00e1s l\u00f3gico retener los m\u00e1s importantes, si es que a\u00fan queda alguno por descubrir o en manos privadas? \u00bfNo ser\u00eda interesante que fueran vistos fuera de Espa\u00f1a?<\/p>\n<p>Quisiera preguntar a los puristas que se llenan la boca hablando de la di\u00e1spora del arte espa\u00f1ol en el mundo \u2013nunca hablan de las obras que los anticuarios importan\u2013 si esta pr\u00e1ctica les parece bien. Es legal, naturalmente, pero \u00bfse han preguntado si es \u00e9tica? \u00bfSe han preguntado el da\u00f1o que hacen a los anticuarios que, con un mercado local devastado, nos vemos obligados a vender en el exterior? <strong>Si seguimos as\u00ed, pronto s\u00f3lo tendremos dos salidas posibles: exiliarnos o cerrar.<\/strong> Quiz\u00e1 todo es una estrategia muy calculada para acabar definitivamente con el mercado del arte. Mala pol\u00edtica, porque el mercado es el primer escal\u00f3n, donde salen y se ponen en valor las obras.<strong> Sin el mercado, no habr\u00eda obras y los museos todav\u00eda se convertir\u00edan m\u00e1s en cementerios de lo que ya lo son.<\/strong><\/p>\n<p>\u00bfNo ser\u00eda m\u00e1s razonable hacer lo que hacen pa\u00edses civilizados de nuestro entorno cuando, ante un mismo caso, como el del Bronzino, el Estado tiene un a\u00f1o para conseguir el dinero para pagar los \u20ac10M y, si no lo consigue, lo deja exportar? Es lo que recientemente hizo la National Gallery, de Londres, con un Bellotto de origen brit\u00e1nico, que incorpor\u00f3 a sus <a href=\"https:\/\/arturamon.com\/es\/anticuario\/coleccion\/\">colecciones de arte<\/a> por los \u20ac80M que vale, sin regatear ni un <em>pound<\/em>.<\/p>\n<p><strong>La ley actual desanima al coleccionismo y su reverso: el mercado del arte<\/strong>. No hay peor pa\u00eds para trabajar en este oficio que el nuestro. A la falta de cultura visual, a la demag\u00f3gica manera de entender el arte como lujo y no como cultura, al mecenazgo que no se entiende fuera del \u00e1mbito social, se le suma una ley antigua, retr\u00f3grada y que, a menudo, cuando se aplica, es una forma encubierta de expropiaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Vaya por delante que este comentario es un ataque directo y sin complejos a la ley, no a ninguno de los funcionarios que la implementan. <strong>No es un tema personal. Al contrario, reconozco y admiro el trabajo de nuestros profesionales de la cultura<\/strong>, que saben que el terreno del juego en el que se mueven no es de\u00a0<em>fair play<\/em>, y hacen todo lo posible para remediarlo. En la Junta de Madrid, tanto el secretario Carlos Garc\u00eda de Barandiaran, como su excelente equipo, tratan de encontrar un equilibrio imposible. Tambi\u00e9n en la Junta catalana y el Departamento de Cultura, con Magda Gass\u00f3 al frente, me consta que, cuando una pieza se declara inexportable, hacen lo imposible para adquirirla y, si no pueden, es simplemente porque no han tenido apoyo pol\u00edtico, no por voluntad propia. Tambi\u00e9n el MNAC y su director, Pepe Serra \u2013y su equipo\u2013, me consta que son sensibles a este tema, y reman en la misma direcci\u00f3n; es muy de agradecer. El problema no son ellos. <strong>El problema es la ley<\/strong>.<\/p>\n<p>La pregunta que se formular\u00e1n es muy simple. <strong>\u00bfY por qu\u00e9 no cambiamos la ley ?<\/strong> Ha habido muchos intentos de hacerlo, pero sin ning\u00fan resultado plausible. Para cambiarla, como hicieron en Francia o Inglaterra, <strong>se precisa un\u00a0<em>lobby<\/em>\u00a0fuerte de\u00a0<em>dealers<\/em>\u00a0y de coleccionistas, y llevarla a instancias superiores europeas que dicten jurisprudencia y la equiparen a otras leyes de patrimonio de la Comunidad Europea<\/strong>. El peso del mercado del arte espa\u00f1ol en el mundo es de un 1%. No hace que decir demasiado m\u00e1s.<\/p>\n<p>Esta ley ha nacido como ant\u00edtesis de los principios de Parm\u00e9nides, aquel fil\u00f3sofo griego que dec\u00eda: \u00abtodo cambia, nada permanece\u00bb. Aqu\u00ed dir\u00edamos, todo cambia, la ley siempre permanece\u2026 y no me extra\u00f1a, es el instrumento perfecto para conseguir grandes piezas a precio de saldo.<\/p>\n<p>En la imagen:\u00a0<span style=\"color: #666666; font-size: 14.4px;\">Bernardo Bellotto,\u00a0<\/span><em style=\"color: #666666; font-size: 14.4px;\">The Fortress of K\u00f6nigstein from the North<\/em><span style=\"color: #666666; font-size: 14.4px;\">, 1756-1758. National Gallery, Londres.<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>miradorarts.com\u00a0| por Artur Ramon Los que nos dedicamos al noble oficio de anticuario nos regimos por dos leyes de patrimonio: la espa\u00f1ola de 1985 y la catalana de 1993. 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